jueves, 11 de febrero de 2010

MÉRIDA-VENEZUELA: LOS MANDAMIENTOS DEL DEFENSOR TAURINO

La fiesta va a empezar...y a comportarse.
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COMISION TAURINA MUNICIPAL DE MERIDADELEGADO PARA LA DEFENSA DEL AFICIONADO TAURINO.
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DERECHOS Y DEBERES DE LOS AFICIONADOS TAURINOS.
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Carlos Rosales, Defensor del Espectador
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Deberes
1.Ser un buen ciudadano.2.
Guardar una compostura correcta.3.
Estar siempre atento a las sugerencias y no transgredir las normas establecidas en la plaza de toros.4.
Si consume licor, hacerlo con mesura y no llevar a la plaza líquidos en botellas de vidrio, ni cavas de tamaño grande.5.
Divertirse sin extravagancias y ser lo más moderado.6.
Acceder a sus localidades y permanecer sentado durante la lidia.7.
No perturbar el desarrollo del festejo lanzando objetos al ruedo, menos aun durante la lidia de la res, ni causar molestias a participantes, protagonistas y espectadores.8.
No ingresar a la plaza instrumentos musicales que puedan perturbar el espectáculo.9.
Respetar la opinión ajena y no discutir en forma acalorada.10.
Siempre diríjase a la autoridad correspondiente y no actuar bruscamente.11.
No portar armas.12.
No ocupar los pasillos y escaleras, ya que únicamente podrán permanecer en estos los funcionarios de la empresa y los representantes de la fuerza pública sin obstaculizar la circulación normal de los espectadores13.
Los niños menores de catorce (14) años de edad deberán ingresar a la plaza o recinto y permanecer durante el festejo en compañía de un adulto responsable.14.

Derechos1.
Presenciar el espectáculo desde la localidad adquirida y disponer del espacio que le corresponde.2.
Ver y oír con tranquilidad el desarrollo del evento. No permitir que lo interrumpan vendedores ambulantes durante la lidia.3.
Que el espectáculo comience a la hora anunciada. Si se demora su inicio, conocer la causa del retraso.4.
Tener seguridad dentro y fuera de la Plaza Monumental.5.
Contar con atención médica inmediata si es necesario.6.
Al ingreso y salida de la plaza con comodidad y prontitud.7.
A recibir información sobre el desarrollo del espectáculo.8.
A la devolución del precio de la entrada si el espectáculo se suspendiese por causas imputables a la empresa, o en los casos de aplazamiento o suspensión del espectáculo o modificación del cartel anunciado.
Se entenderá modificado el cartel cuando se produzca la sustitución de tan solo uno (1) de los toreros anunciados o se sustituya más de la mitad de las reses; caso en el cual la empresa informara por medio de avisos que se colocaran tanto en las taquillas como en las puertas de ingreso a la plaza; dicha devolución se iniciara desde el momento de anunciarse el aplazamiento, la suspensión o modificación finalizara cinco (5) días hábiles después del fijado para la celebración del espectáculo.
fuente: deltoroalinfinito

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