Por Juan Manuel Pérez Alarcón
Manzanares a hombros en el Puerto tras cortar 3 orejas
"...artículo 59.2 in fine del RTA, que "Si se lidiaran tres reses, se permitirá la salida a hombros cuando se hayan obtenido al menos tres apéndices, y en caso de lidiarse seis, será requisito mínimo para salir a hombros la obtención de cuatro apéndices..."
Desde la proliferación de las corridas sometidas al dictado empresarial del "mano a mano", sin competencia ni criterio alguno para el aficionado, - como el de Almería con Padilla y "Fandi" - la situación de los premios y trofeos queda alterada con esa configuración y junto el arbitrio de los actuantes, y la ignorancia del público hace que dicha situación se vea explicada con la interpretación de lo que dispone el Reglamento Taurino de Andalucía (en adelante RTA), aprobado por Decreto 68/2006, de 21 de marzo.
Para empezar, tras la aprobación del RTA se modificaron ciertos aspectos esenciales a la hora de la concesión de trofeos dependiendo del número de reses a lidiar o singularidad y/o costumbre de la plaza, algo novedoso ya que el Reglamento estatal del año 1996 no recogía dicha distinción, y solamente con el corte de dos orejas, en cualquier clase de espectáculo, se podría salir por la puerta grande o principal de una plaza de toros. En Andalucía, desde el año 2006, en lo que se refiere a las corridas en solitario, o con los que se someten al "imperialismo del mano a mano", existen novedades que paso a explicarles de forma rápida.
Reza el artículo 59.2 in fine del RTA, que "Si se lidiaran tres reses, se permitirá la salida a hombros cuando se hayan obtenido al menos tres apéndices, y en caso de lidiarse seis, será requisito mínimo para salir a hombros la obtención de cuatro apéndices.". La interpretación que se hace de ese novedoso artículo no es otra que la de ofrecer al espectáculo una mayor justificación artística, pues se lidia más reses de lo normal, para "combatir" el posible conformismo del diestro y garantizar al público un espectáculo más íntegro y pasional. Por eso el legislador limitó los trofeos para salir por la puerta grande en los espectáculos taurinos "singulares".
Es lógico y normal pensar que cuando un diestro es premiado con dos trofeos, nuestra tradición y simbolo taurino por excelencia sea el de salir por la puerta grande, y por ello, el público y afición que desconocen la norma - "la ignorancia de la Ley no exime de su cumplimiento"- demanden fervorosamente que el diestro salga por la puerta principal. Todo eso es normal , salvo que se trate de corridas en solitario o de dos diestros, donde el RTA lo limita al número de 4 o 3 trofeos, respectivamente, para salir por la puerta grande o principal de una plaza de toros.
Pero existe otra novedad en el RTA, que también puede pasar inadvertido por el público, y es cuando se expresa que "en las plazas de primera categoría deberán cortarse dos orejas en un mismo toro para permitir la salida a hombros por la puerta grande o principal del espada o rejoneador", requisito sólo válido para esas plazas (Sevilla, Córdoba y Málaga), pero que soporta una carga de la prueba bastante evidente para la Presidencia del espectáculo taurino, ya que esa concesión del segundo premio por la Autoridad a un diestro debe ir ponderada de muchas cosas; la dirección de la lidia realizada, la condición objetiva del animal, la calidad artística con el capote y la muleta, y sobre todo la estocada. Esos condicionantes que también deberían ser subrayados y aprendidos por el aficionado, - para así valorar cuando se deniega por la Presidencia un segundo trofeo - ya que cada vez parece tenerse en cuenta, como dato relevante para pedir un trofeo, el índice de emoción en la muleta, obviando otros matices que reglamentariamente son aplicables, y que hacen que el espectáculo taurino pierda la dignidad y respeto que le conceden las normas y usos que tradicionalmente nos vienen impuestas, algunas como el RTA, tan novedoso y reciente que el público desconoce en su totalidad.
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